Boletín Informativo de Comunicación Estratégica FADYCS R-AP-32-08-05 Ver. 2

Conferencia “El Juicio Contencioso Administrativo: Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo”

Dirigida a los estudiantes y docentes de la licenciatura en derecho





27 de abril de 2018. Con el objetivo de brindar un panorama general en materia de impartición de justicia en el área administrativa de esta especialidad, la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma de Tamaulipas, a través de la licenciatura en derecho llevó a cabo la conferencia “El Juicio Contencioso Administrativo: Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo”, la cual estuvo dirigida a los alumnos y docentes de esta carrera.


El evento académico estuvo presidido por Rufina Flores Barrios, coordinadora de la licenciatura en derecho; quien estuvo acompañada de los expositores José Alfredo Serrano Yáñez, delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) en Tamaulipas; Marco Antonio Barraza Cepeda, subdelegado de esta dependencia; Jesús Marcelino Guerrero Rodríguez, presidente de la Academia de Derecho Administrativo Fiscal y de Juana Margarita Leija de la Luz miembro activo de esta academia.


Correspondió a Jesús Marcelino Guerrero brindar la bienvenida a los conferencistas, a quienes agradeció su colaboración en la impartición de la conferencia que abordará los temas de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como de los actos administrativos, decretos y acuerdos generales y los reglamentos, que los estudiantes deben de dominar como abogados.


En su disertación, José Alfredo Serrano expresó que es imposible que la administración exista sin la facultad o sin el poder de juzgar lo contencioso administrativo, porque conocer y decidir acerca de los actos de la administración es administrar y corresponde al Poder Ejecutivo, el cual no puede ejercerse por el Poder Judicial.


Por otra parte, Marco Antonio Barraza argumentó que la evolución del juicio contencioso-administrativo en México, no sólo ha ocurrido con respecto a su organización y del procedimiento que sigue para resolver las controversias que se someten a su consideración, sino también en cuanto a su competencia material.


En este sentido, manifestó que en cuanto a las reformas del Código Fiscal de la Federación, entre otras tenemos las siguientes: a) se cambia el nombre de "Procedimiento Contencioso Administrativo" por el de "Juicio Contencioso Administrativo"; b) se establece que el actor debe señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la jurisdicción de la sala regional, y de no hacerlo las notificaciones se le harán por lista; c) se establece como facultad de las salas, y a petición de parte, el otorgamiento de la suspensión de la ejecución del acto impugnado; d) se establece la posibilidad de señalar domicilio electrónico para recibir notificaciones; e) se regulan los exhortos entre las salas regionales; f) se establece que en la sentencia se podrá declarar la existencia de un derecho subjetivo, cuando previamente se pruebe su existencia, y condenar al cumplimiento de una obligación, además anular la resolución impugnada; y g) se le otorga al pleno de la Sala Superior la facultad para establecer jurisprudencia por contradicción de tesis.


Al finalizar las conferencias, Rufina Flores y Jesús Marcelino Guerrero otorgaron un reconocimiento a cada uno de los expositores por parte de la dirección de esta institución educativa.

 


 

 


Fecha: 27 de abril de 2018.

Entidad: Coordinación de la Licenciatura en Derecho.

Categoría: ECEC 1.2

Publica: Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.