Boletín Informativo de Comunicación Estratégica UACJS R-RD-32-05-06

Imparten la conferencia “El Control de Convencionalidad” a los alumnos de la Licenciatura en Derecho de la UACJS







22 de Octubre de 2015. La Unidad Académica de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Autónoma de Tamaulipas, a través de la Academia de Derecho Constitucional y Electoral perteneciente a la licenciatura en Derecho, organizó la conferencia “El Control de Convencionalidad” dictada por José Vargas Fuentes, catedrático de esta institución y presidente de la mencionada academia.

La actividad se desarrolló en el salón de actos de esta institución, la cual fue presidida en representación de Enrique Garza Mejía, Director de la UACJS; por Salomón Elizalde Ceballos, Secretario Técnico; siendo acompañado por Marco Antonio Cortina Saint André, Secretario Académico; María Antonia Guerra Urbina, Coordinadora de la Licenciatura en Derecho, Benito Barrera Molina, Coordinador de Orientación Educativa e  Irma Alicia Vargas Cruz integrantes de la academia de derecho constitucional y electoral.

 

Al hacer uso de la palabra, Salomón Elizalde agradeció la asistencia del público a esta conferencia y felicitó a los profesores integrantes de la academia por llevar a cabo actividades colegiadas que enriquecen tanto a los alumnos como a los docentes, posteriormente presentó al expositor.

 

En su intervención, José Vargas explicó  sobre el caso de Thomas Bonham en 1610, médico egresado de la Universidad de Cambridge, quien ejerció la profesión sin la autorización del Real Colegio de Médicos, en 1606 fue citado y se le impuso una multa de cien chelines prohibiéndole bajo pena prisión, ejercer la profesión hasta que tuviera la autorización del Real Colegio. Sin embargo, siguió ejerciendo y fue condenado a una multa de diez libras, ordenándose su detención. Habiendo estado en prisión, Bonham demandó al Real Colegio por encarcelamiento ilegítimo. El demandado alegó que según un estatuto sancionado bajo Enrique VIII se les permitiría ejercer este poder de policía sobre la profesión, autorizándolos, al mismo tiempo, a imponer multas, cuyo monto se dividía entre el Rey y el Colegio. El caso provocó división entre los jueces del Common Pleas.

 

Detalló el conferencista detalló que el Derecho Constitucional nace en 1789 en la Universidad de Ferrara, con el libro del constitucionalista italiano, Guiseppe Compagnoni, Democrático assia princippi do gus pubbico universale; así como también en la Constitución de Cádiz en 1812, en donde el artículo 368, menciona que el plan general de enseñanza será uniforme en todo el reino, debiendo explicarse la constitución política de la monarquía en todas las universidades y establecimientos literarios, donde se enseñen las ciencias eclesiásticas y políticas.

 

Abordó sobre el nacimiento del derecho procesal en 1856 con la separación de la acción romana del derecho material, derivada de la polémica Windscheid vs Muther. “La separación del derecho y de la acción constituyó un fenómeno análogo a lo que representó para la física la división de átomo”, siendo a partir de ese momento que el derecho procesal adquirió personalidad y se desprendió del viejo tronco del derecho civil de Eduardo J. Couture. Otro dato importante con el libro La Excepciones Procesadas y de los Presupuestos Procésales del Jurisperito Oskar Von Bulow en 1868. Florece el Derecho Procesal surgiendo sus diversas disciplinas particulares, hasta observar a la última de ellas: el Derecho Procesal Constitucional (1970).

Expuso sobre el lento nacimiento del Derecho Procesal  Constitucional caso Marbury vs Madison, Ministro de la Suprema Corte de EEUU, John Marshall inaplica una ley del Congreso por ser contraria a la Constitución de 1789, Justicia Constitucional.  Así como también Marshall al dictar su inmortal sentencia establece dos principios en la misma: una la constitución es la ley fundamental, dimanando su autoridad del pueblo y no puede ser alterada como una ley común. La segunda los tribunales tienen el deber de vigilar la constitucionalidad de las leyes y dejar de lado leyes y actos que sean constitucionales.

 

Al finalizar la exposición, se desarrolló un enriquecedor intercambio de ideas con los alumnos y profesores que asistieron. Posteriormente Marco Antonio Cortina, entregó un merecido reconocimiento al conferencista por su disertación, recibiendo un cálido aplauso por parte del público.




 

 


Fecha: 22 de Octubre de 2015.

Entidad: Coordinación de la Licenciatura en Derecho.

Categoría: ECEC 1.1

Publica: Unidad Académica de Ciencias Jurídicas y Sociales.